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El Gobierno de Castilla y León propone la actualización del Código Ético y de Austeridad

El pasado viernes 28 de febrero de 2020, la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior de las Cortes de Castilla y León debatió y votó la propuesta de actualización del Código Ético y de Austeridad de Castilla y León y sus entes adscritos, elaborada por el Comité de Ética Pública.
 
La sesión en la Comisión mencionada consistió en un debate parlamentario en el que intervino en primer lugar el vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, a fin de explicar la propuesta de actualización del Código Ético. Seguidamente, los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios expusieron sus puntos de vista en relación a la propuesta del Ejecutivo autonómico. 
  • Uno de los Grupos de la oposición, el Grupo Socialista, presentó varias propuestas de resolución por medio de las que solicitó al Gobierno la aprobación de un Proyecto de Ley que reforme el Estatuto del alto cargo público, a efectos de dotar de rango de Ley a dicha modificación del Código Ético. Las propuestas de resolución, sin embargo, fueron rechazadas con el voto en contra de PP y Ciudadanos (que cuentan con la mayoría de miembros del Parlamento regional y, por tanto, de la Comisión citada). 
  • Finalmente, se produjo una votación de la propuesta de actualización, la cual salió adelante con el apoyo de los Grupos Parlamentarios del PP y Ciudadanos (que sustentan el actual Gobierno de Castilla y León). 
  • Una vez ha superado el trámite parlamentario, la propuesta tendrá que ser aprobada finalmente por la Junta de Castilla y León en una próxima reunión del Consejo de Gobierno
 
Conviene recordar que la Comisión de Ética Pública propuso en primer lugar al Gobierno regional el contenido de esta actualización. Posteriormente, el Consejo de Gobierno del Ejecutivo autonómico tramitó su remisión a las Cortes el pasado 17 de octubre de 2019 (Ver).
 
El Código Ético y de Austeridad de Castilla y León está en vigor desde el año 2011. Fue elaborado con la finalidad de establecer criterios que constituyan cánones de actuación de los altos cargos a nivel autonómico, los cuales se orientan a la consecución de cuatro grandes principios: la objetividad, la transparencia, la ejemplaridad y la austeridad.
 
En base a esta actualización, el Código Ético incorporará ahora una serie de pautas que deberán seguir los altos cargos de la administración autonómica a la hora de ejercer la función pública. Se define como altos cargos a «los presidentes, consejeros delegados, directores generales, gerentes o asimilados de las empresas públicas o fundaciones públicas, independientemente del tipo de contrato o vínculo jurídico»
 
Asimismo, con el nuevo código se cumple también con una de las obligaciones recogidas en la Ley 3/2016, de 30 de noviembre, del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que establece la necesidad de actualizar dicho código «siempre que sea necesario y, al menos, al inicio de cada legislatura».
 
Las aspectos más relevantes incluidos en la propuesta de actualización en relación al comportamiento de los altos cargos son los siguientes:
  • Obligatoriedad de publicar los actos y reuniones públicas previstas para el desarrollo de sus funciones, con expresa indicación de su objeto.
    • Para ello, se creará una plataforma de publicación normalizada de agendas institucionales, la cual será desarrollada por la Consejería competente en materia de transparencia.
    • Con carácter excepcional, esta disposición no tendrá carácter obligatorio «cuando los intereses de la Comunidad lo aconsejen, y, en consecuencia, la publicidad podrá sustituirse por la comunicación al Consejo de Gobierno«. 
  • Prohibición de formar parte de órganos de selección de puestos a desempeñar por empleados públicos, a la par que se abstendrán en aquellos asuntos en los que comprometiendo su objetividad pueda favorecerse un interés personal o -también, desde ahora- de un tercero.
  • Prohibición de recepción de regalos, invitaciones, comidas o espectáculos, así como el establecimiento de restricciones en el uso de vehículos y viajes.
  • Respecto a la publicidad institucional, las propuestas y contrataciones de publicidad institucional «se realizarán exclusivamente conforme a criterios objetivos que permitan atender a la finalidad propuesta y a la evaluación de resultados, conforme al procedimiento establecido».
  • Impulsar la evaluación de las políticas y programas públicos.

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